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viernes, 15 de febrero de 2019cermi.es semanal Nº 334

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CERMI Andalucía saluda la condena al gerente de un pub en Almería por negar la entrada a 40 jóvenes con discapacidad

CERMI Andalucía espera que la sentencia sirva como ejemplo para otros casos de discriminación hacia personas con discapacidad

14/02/2019

CERMI Andalucía saluda el hecho de que el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería haya condenado con inhabilitación al gerente de un pub de la capital almeriense en el que se negó el acceso a un grupo de unos 40 jóvenes por su condición de personas con discapacidad, al entender que incurrió en un delito de discriminación.

La sentencia, conocida el lunes, tras el juicio celebrado la pasada semana, y que se resolvió después de que el empresario mostrara su conformidad con la pena propuesta por la Fiscalía tras reconocer los hechos, señala que un día de junio de 2017 un grupo de personas con discapacidad y sus acompañantes de la asociación 'Espacio vive' acudieron a dicho pub. Una vez allí, y estando presente el procesado, se les prohibió el acceso "alegando como motivo para la prohibición la indumentaria que llevaban, vistiendo algunos de ellos pantalones cortos y sandalias".
 
Sin embargo, el fallo resalta que "en ese mismo momento ya se encontraban en el interior del local los padres de los jóvenes con las mismas prendas, resultando como causa de la prohibición la discriminación de aquellos derivada de su condición de personas con discapacidad, no la infracción de normas de seguridad o estética".
 
Por estos hechos, el acusado ha sido condenado por un delito de discriminación a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la prestación de servicios de hostelería, para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre durante un plazo de un año.
 
CERMI Andalucía espera que esta sentencia sirva como ejemplo, para fiscales, jueces, abogados y para la propia ciudadanía en general, en otros casos de discriminación hacia personas con discapacidad, porque entendemos que bajo ningún concepto se le puede negar el acceso a ningún recinto a una persona por razón de su discapacidad.
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